Martinica en CARICOM:una lección histórica sobre los límites de la asimilación y el valor universal de la libre determinación.
Martinica en CARICOM: una lección histórica sobre los límites de la asimilación y el valor universal de la libre determinación.
«La opresión no puede reformarse; debe ser abolida». Frantz Fanon, hijo de Martinica.
La incorporación de Martinica como Miembro Asociado de la Comunidad del Caribe (CARICOM), anunciada durante la Quincuagésima Primera Reunión Ordinaria de la Conferencia de Jefes de Gobierno de la organización que se encuentra desarrollándose del 5 al 8 de julio en Santa Lucía, consagrada a la reparación, constituye un acontecimiento de particular relevancia política y jurídica para el Caribe y para el debate internacional sobre la descolonización.
Tras la firma del Acuerdo que otorgó a Martinica la condición de Miembro Asociado en febrero de 2025, CARICOM recibió en junio de 2026 el Instrumento de Adhesión remitido por la República Francesa, permitiendo la entrada en vigor del Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la organización y la participación efectiva de Martinica en los mecanismos regionales.
Esta decisión reafirma la histórica vocación anticolonial de CARICOM y su compromiso con los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, particularmente el derecho de los pueblos a la libre determinación. Aunque Martinica continúa siendo jurídicamente una colectividad territorial de la República Francesa, CARICOM ha reconocido su identidad caribeña, su especificidad histórica y su legítimo espacio dentro de la comunidad regional.
La decisión se inscribe, además, en la práctica desarrollada por CARICOM respecto a otros territorios caribeños bajo dominio colonial. Entre sus miembros asociados figuran Anguila, Bermudas, las Islas Vírgenes Británicas, las Islas Caimán y las Islas Turcas y Caicos, territorios que permanecen inscritos por las Naciones Unidas en la lista de Territorios No Autónomos pendientes de descolonización. La posición histórica de la comunidad internacional respecto de estos territorios se fundamenta en la aplicación de la doctrina de las Naciones Unidas sobre la descolonización y en el reconocimiento del derecho de sus pueblos a decidir libremente su futuro político.
Martinica presenta una particularidad. Francia sostiene que su anexión como departamento de ultramar desde 1946 habría resuelto definitivamente su condición colonial, mientras que importantes y diversos sectores políticos y sociales martiniqueses consideran en cambio, que la cuestión de la libre determinación, permanece vigente. Al otorgarle la condición de Miembro Asociado, CARICOM no prejuzga el resultado de ese debate, pero le da la vuelta. Al amparar y por consiguiente reconocer, que la identidad de un pueblo y sus aspiraciones políticas no pueden ser ignoradas, su participación regional como sujeto de derecho, constituye una expresión legítima de pertenencia al espacio caribeño.
La historia de Martinica ofrece, precisamente, una reflexión de gran actualidad. Desde la colonización francesa iniciada en 1635, pasando por la abolición de la esclavitud en 1848 y la «transformación institucional» de 1946, el territorio ha experimentado profundas mutaciones políticas. Las reformas posteriores —incluidos los contestados procesos institucionales de 2003 y 2010 y la creación de la Colectividad Territorial de Martinica en 2015— habrían «ampliado competencias administrativas», pero no sustituyeron un verdadero y genuino proceso de libre determinación en el sentido previsto por la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales.
Casi ocho décadas después de la «departamentalización», la experiencia martiniquesa demuestra que las políticas de asimilación forzada y anexión unilateral pueden modificar estructuras administrativas, pero no necesariamente resuelven las aspiraciones profundas de un pueblo. El paso del tiempo no sustituye la voluntad popular, ni las soluciones diseñadas desde las metrópolis pueden considerarse definitivas cuando no han sido fruto de un auténtico y genuino ejercicio del derecho de libre determinación.
En este sentido, Martinica parece ofrecernos hoy una enseñanza histórica proyectada hacia el futuro: las salidas en falso de los procesos de descolonización no trasfieren derechos; y lo más grave aún, tampoco generan soluciones pacíficas, democráticas ni duraderas. Las aspiraciones de los pueblos no pueden ser contorneadas mediante fórmulas jurídico políticas destinadas deliberadamente, para abortar el ejercicio pleno de sus derechos.
Esta reflexión adquiere especial relevancia en el caso del Sáhara Occidental. No resulta coherente defender el principio de libre determinación y al mismo tiempo, sostener que la solución debe limitarse, a un órdago de anexión airado por la potencia ocupante. Dicho envite tiene como objetivo excluir la legítima opción a la independencia; pretender convertirlo en la única base posible del proceso político, sometiendo a una camisa de fuerza a los legítimos representantes de un pueblo, supone restringir de antemano el derecho del pueblo saharaui a decidir libremente su futuro y predeterminar el resultado de una cuestión de descolonización, amén del riesgo incalculable, para la paz y la seguridad.
La experiencia histórica viene demostrando que ninguna «solución duradera» ha podido construirse sobre la exclusión de la voluntad del pueblo concernido; ni que ninguna potencia, haya podido sostener por la fuerza bruta su ocupación a otro pueblo desde 1945 hasta nuestros días. En ese sentido, la libre determinación no constituye un elemento negociable ni una opción transferible, sino el principio jurídico cardinal, inalienable e imprescriptible, que debe orientar todo proceso de descolonización.
Por ello, la incorporación de Martinica a CARICOM adquiere un significado que trasciende las fronteras del Caribe. Constituye un recordatorio de que la integración regional, o es reparativa y restitutiva o no es. Es decir, que ha de coexistir con la defensa de la legalidad internacional y con la solidaridad hacia los pueblos cuyos procesos politicos y de emancipación permanecen todavía supurantes.
En esa misma línea se sitúa la actuación de la Unión Africana respecto al Sáhara Occidental y al reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática como miembro de pleno derecho de la organización. Tanto CARICOM como la Unión Africana expresan, desde sus respectivos espacios regionales, la importancia de acompañar los procesos de descolonización y defender un orden internacional basado en normas, donde la soberanía, la igualdad entre los Estados y el derecho de los pueblos a la libre determinación sean principios universales y no criterios selectivos o transaccionales.
En un momento en que el multilateralismo enfrenta importantes desafíos, son precisamente los pequeños y medianos Estados quienes tienen un interés vital en preservar ese sistema basado en reglas. Su solidaridad con los procesos de descolonización no es únicamente una expresión de compromiso histórico; constituye hoy a la luz de las nuevas amenazas, una forma de resistencia frente a los intentos de sustituir el derecho internacional por la política de los hechos consumados.
La lección de Martinica es clara: las políticas de asimilación forzada, anexión unilateral o aplazamiento indefinido de los Estatus Quo resultantes de un botín de guerra y servidumbre del pasado, pueden crear la falsa apariencia de que las aspiraciones de un pueblo hayan sido aplacadas o sofocadas, pero no significan ni su derrota ni la desaparición de sus legítimas reivindicaciones. Mientras no exista un ejercicio auténtico y genuino del derecho a la libre determinación, las cuestiones de fondo permanecen abiertas y los movimientos políticos que las expresan, continúan formando parte de un incontestable realismo histórico. La paz duradera y la seguridad verdadera, solo pueden alcanzarse cuando la voluntad libremente expresada de los pueblos ocupa el centro de toda solución que se proyecta, mínimamente justa.
Mohamed Zrug.
Jurista y Embajador de la República Saharaui.
Barbados, 5 de julio de 2026.
«La opresión no puede reformarse; debe ser abolida». Frantz Fanon, hijo de Martinica.
La incorporación de Martinica como Miembro Asociado de la Comunidad del Caribe (CARICOM), anunciada durante la Quincuagésima Primera Reunión Ordinaria de la Conferencia de Jefes de Gobierno de la organización que se encuentra desarrollándose del 5 al 8 de julio en Santa Lucía, consagrada a la reparación, constituye un acontecimiento de particular relevancia política y jurídica para el Caribe y para el debate internacional sobre la descolonización.
Tras la firma del Acuerdo que otorgó a Martinica la condición de Miembro Asociado en febrero de 2025, CARICOM recibió en junio de 2026 el Instrumento de Adhesión remitido por la República Francesa, permitiendo la entrada en vigor del Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la organización y la participación efectiva de Martinica en los mecanismos regionales.
Esta decisión reafirma la histórica vocación anticolonial de CARICOM y su compromiso con los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, particularmente el derecho de los pueblos a la libre determinación. Aunque Martinica continúa siendo jurídicamente una colectividad territorial de la República Francesa, CARICOM ha reconocido su identidad caribeña, su especificidad histórica y su legítimo espacio dentro de la comunidad regional.
La decisión se inscribe, además, en la práctica desarrollada por CARICOM respecto a otros territorios caribeños bajo dominio colonial. Entre sus miembros asociados figuran Anguila, Bermudas, las Islas Vírgenes Británicas, las Islas Caimán y las Islas Turcas y Caicos, territorios que permanecen inscritos por las Naciones Unidas en la lista de Territorios No Autónomos pendientes de descolonización. La posición histórica de la comunidad internacional respecto de estos territorios se fundamenta en la aplicación de la doctrina de las Naciones Unidas sobre la descolonización y en el reconocimiento del derecho de sus pueblos a decidir libremente su futuro político.
Martinica presenta una particularidad. Francia sostiene que su anexión como departamento de ultramar desde 1946 habría resuelto definitivamente su condición colonial, mientras que importantes y diversos sectores políticos y sociales martiniqueses consideran en cambio, que la cuestión de la libre determinación, permanece vigente. Al otorgarle la condición de Miembro Asociado, CARICOM no prejuzga el resultado de ese debate, pero le da la vuelta. Al amparar y por consiguiente reconocer, que la identidad de un pueblo y sus aspiraciones políticas no pueden ser ignoradas, su participación regional como sujeto de derecho, constituye una expresión legítima de pertenencia al espacio caribeño.
La historia de Martinica ofrece, precisamente, una reflexión de gran actualidad. Desde la colonización francesa iniciada en 1635, pasando por la abolición de la esclavitud en 1848 y la «transformación institucional» de 1946, el territorio ha experimentado profundas mutaciones políticas. Las reformas posteriores —incluidos los contestados procesos institucionales de 2003 y 2010 y la creación de la Colectividad Territorial de Martinica en 2015— habrían «ampliado competencias administrativas», pero no sustituyeron un verdadero y genuino proceso de libre determinación en el sentido previsto por la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales.
Casi ocho décadas después de la «departamentalización», la experiencia martiniquesa demuestra que las políticas de asimilación forzada y anexión unilateral pueden modificar estructuras administrativas, pero no necesariamente resuelven las aspiraciones profundas de un pueblo. El paso del tiempo no sustituye la voluntad popular, ni las soluciones diseñadas desde las metrópolis pueden considerarse definitivas cuando no han sido fruto de un auténtico y genuino ejercicio del derecho de libre determinación.
En este sentido, Martinica parece ofrecernos hoy una enseñanza histórica proyectada hacia el futuro: las salidas en falso de los procesos de descolonización no trasfieren derechos; y lo más grave aún, tampoco generan soluciones pacíficas, democráticas ni duraderas. Las aspiraciones de los pueblos no pueden ser contorneadas mediante fórmulas jurídico políticas destinadas deliberadamente, para abortar el ejercicio pleno de sus derechos.
Esta reflexión adquiere especial relevancia en el caso del Sáhara Occidental. No resulta coherente defender el principio de libre determinación y al mismo tiempo, sostener que la solución debe limitarse, a un órdago de anexión airado por la potencia ocupante. Dicho envite tiene como objetivo excluir la legítima opción a la independencia; pretender convertirlo en la única base posible del proceso político, sometiendo a una camisa de fuerza a los legítimos representantes de un pueblo, supone restringir de antemano el derecho del pueblo saharaui a decidir libremente su futuro y predeterminar el resultado de una cuestión de descolonización, amén del riesgo incalculable, para la paz y la seguridad.
La experiencia histórica viene demostrando que ninguna «solución duradera» ha podido construirse sobre la exclusión de la voluntad del pueblo concernido; ni que ninguna potencia, haya podido sostener por la fuerza bruta su ocupación a otro pueblo desde 1945 hasta nuestros días. En ese sentido, la libre determinación no constituye un elemento negociable ni una opción transferible, sino el principio jurídico cardinal, inalienable e imprescriptible, que debe orientar todo proceso de descolonización.
Por ello, la incorporación de Martinica a CARICOM adquiere un significado que trasciende las fronteras del Caribe. Constituye un recordatorio de que la integración regional, o es reparativa y restitutiva o no es. Es decir, que ha de coexistir con la defensa de la legalidad internacional y con la solidaridad hacia los pueblos cuyos procesos politicos y de emancipación permanecen todavía supurantes.
En esa misma línea se sitúa la actuación de la Unión Africana respecto al Sáhara Occidental y al reconocimiento de la República Árabe Saharaui Democrática como miembro de pleno derecho de la organización. Tanto CARICOM como la Unión Africana expresan, desde sus respectivos espacios regionales, la importancia de acompañar los procesos de descolonización y defender un orden internacional basado en normas, donde la soberanía, la igualdad entre los Estados y el derecho de los pueblos a la libre determinación sean principios universales y no criterios selectivos o transaccionales.
En un momento en que el multilateralismo enfrenta importantes desafíos, son precisamente los pequeños y medianos Estados quienes tienen un interés vital en preservar ese sistema basado en reglas. Su solidaridad con los procesos de descolonización no es únicamente una expresión de compromiso histórico; constituye hoy a la luz de las nuevas amenazas, una forma de resistencia frente a los intentos de sustituir el derecho internacional por la política de los hechos consumados.
La lección de Martinica es clara: las políticas de asimilación forzada, anexión unilateral o aplazamiento indefinido de los Estatus Quo resultantes de un botín de guerra y servidumbre del pasado, pueden crear la falsa apariencia de que las aspiraciones de un pueblo hayan sido aplacadas o sofocadas, pero no significan ni su derrota ni la desaparición de sus legítimas reivindicaciones. Mientras no exista un ejercicio auténtico y genuino del derecho a la libre determinación, las cuestiones de fondo permanecen abiertas y los movimientos políticos que las expresan, continúan formando parte de un incontestable realismo histórico. La paz duradera y la seguridad verdadera, solo pueden alcanzarse cuando la voluntad libremente expresada de los pueblos ocupa el centro de toda solución que se proyecta, mínimamente justa.
Mohamed Zrug.
Jurista y Embajador de la República Saharaui.
Barbados, 5 de julio de 2026.